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EL CONSEJO SOCIAL SE SUMA AL COMUNICADO DEL RECTORADO RELATIVO A LA TASA DE REPOSICIÓN DEL PAS Y LA LUCHA CONTRA LA PRECARIEDAD LABORAL

El Consejo en su reunión del 23 de junio ha acordado sumarse al comunicado del Rectorado sobre la inclusión del PAS en la negociación con el Ministerio relativa a la tasa de reposición y la lucha contra la precariedad laboral.

 TEXTO DE LA RESOLUCIÓN

Reunido en sesión ordinaria en Oviedo el 23 de junio de 2017, el Consejo Social de la Universidad de Oviedo acuerda por asentimiento, sumándose a las iniciativas de la Conferencia de Rectores de las Universidades españolas y del propio Rectorado de la Universidad de Oviedo, dar traslado a:

·         La Secretaría General de Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

·         La Consejería de Educación del Principado de Asturias

·         La Delegación de Gobierno del Principado de Asturias

·         Los portavoces de Universidad de los grupos parlamentarios en el Congreso y el Senado

De la siguiente Resolución:

1.    El pasado 29 de marzo el Ministerio de Hacienda y Función Pública, en representación del Gobierno de España, y las organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSl-F firmaron el “Acuerdo para la Mejora del Empleo Público”. En dicho acuerdo se abordan cuestiones esenciales para el desarrollo del sector público y que afectan de manera clara y directa a las Universidades Públicas.

2.    Dicho acuerdo permitirá la creación de empleo neto, ampliar la tasa de reposición y trasladar a las Comunidades y Ayuntamientos la capacidad de convocar y gestionar sus propias ofertas de empleo. El Acuerdo afectaría a casi 350.000 trabajadores y se plantea como una herramienta imprescindible para revertir la caótica situación provocada por años de recortes.

3.    En el acuerdo se incluyen medidas en materia de reducción de temporalidad en el empleo para los siguientes sectores:

·         Funcionarios docentes no universitarios.

·         Personal estatutario de los Servicios de Salud.

·         Administración de Justicia.

·         Personal que presta asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales.

·         Ámbitos de policía local, gestión tributaria y recaudación, e inspección y sanción de servicios y actividades.

Este acuerdo permitirá, adicionalmente a la Oferta de Empleo Público Ordinaria, y sin que compute a efectos de tasa de reposición, la convocatoria de plazas que, desde hace al menos tres años, vengan estando ocupadas por personal con una vinculación temporal, de forma que se pueda reducir, a lo largo de los próximos tres años, y en un máximo de un 90%, las plazas ocupadas de forma temporal y la cifra de personal con una vinculación temporal existente a la fecha de firma de este acuerdo. Todo ello con el objetivo de reducir la temporalidad y que esta no supere el 8%.

4.    El personal de las Universidades Públicas quedó inicialmente excluido de esta posibilidad de Oferta Pública de Empleo destinada a la estabilización del empleo público, habiéndose alcanzado únicamente un compromiso de creación de un grupo de trabajo para el estudio de la evolución y situación del empleo en las Administraciones Públicas, con especial referencia a las distintas Administraciones locales y a las Universidades Públicas.

5.    Esta exclusión no está de ninguna manera justificada y evidencia un desconocimiento absoluto de la realidad universitaria, donde la necesidad de estabilidad de las plantillas no se refleja tanto en la temporalidad de las contrataciones sino en la precariedad y en la duración determinada de las mismas. La estabilización de las plantillas de PAS y PDI es una necesidad vital para las Universidades Públicas, con independencia de si las contrataciones son temporales o adoptan otras modalidades de contratación no permanentes que no se dan en el resto de administraciones.

6.    Posteriormente, en el trámite parlamentario del Proyecto de Ley de PGE 2017, vía enmienda, se incluyó al Personal Docente e Investigador entre los colectivos que pueden disponer de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.

 

Por todo ello, solicitamos:

1.    La realización de las actuaciones precisas para que el Personal de Administración de las Universidades Públicas sea incluido de manera inmediata en el artículo 19. Uno apartado 6 de los PGE 2017, para permitir así adicionalmente a la Oferta de Empleo Público Ordinaria, y sin que compute a efectos de tasa de reposición, la convocatoria de plazas que vengan estando ocupadas por personal con una vinculación no permanente, con el objeto de reducir la temporalidad y la precariedad entre el colectivo mencionado.

2.       La eliminación de la vinculación de la Tasa de Reposición a la Oferta de Empleo Público, con el objeto de garantizar la cobertura de las necesidades reales de personal de las Universidades Públicas y poder así garantizar el desarrollo de una enseñanza superior con la calidad que la sociedad merece y demanda.

 

En Oviedo, a 23 de junio de 2017.